Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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APROBAR TRATADO DE
INSTITUCIONALIZACION DEL PARLAMENTO LATINOAMERICANO SUSCRITO EN
LIMA PERU
Decreto: A. N. No. 029 de 10 de Marzo de 1988
Publicado en La Gaceta No. 84 de 5 de Mayo de 1988
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO:
I
Que el Tratado de Institucionalización del Parlamento
Latinoamericano es una confirmación de los ideales de Bolívar,
Artigas, Morazán, Darío, Martí, Sandino y Fonseca, y que son
auspiciados y promovidos por nuestro gobierno revolucionario y
pueblo de Nicaragua.
IIQue este Tratado recoge los principios sostenidos por Nicaragua en
sus relaciones internacionales: la integración latinoamericana, la
no intervención, la autodeterminación, la igualdad jurídica de los
Estados, el no uso de la amenaza y la fuerza en la solución de las
controversias internacionales y el pleno desarrollo económico y
social de la comunidad latinoamericana.
En uso de sus
facultades,
Decreta:Arto. 1.- Aprobar el Tratado de Institucionalización del
Parlamento Latinoamericano, suscrito en la ciudad de Lima, capital
de Perú, el día dieciséis de Noviembre de mil novecientos ochenta y
siete, por los Delegados Plenipotenciarios de Argentina, Bolivia,
Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador,
Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú,
República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
Arto. 2.- El presente Decreto deberá publicarse en La
Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a uno de Marzo
de mil novecientos ochenta y ocho. Por una Paz Digna, Patria Libre
o Morir.- Carlos Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea
Nacional.- Rafael Solís Cerda. Secretario de la Asamblea
Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, diez de Marzo de mil
novecientos ochenta y ocho. Por una Paz Digna: Patria Libre o
Morir.- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la
República.
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