Aprobación Del Programa De Electrificación Rural En Zonas Productivas Del Área Concesionada

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DE APROBACIÓN DEL PROGRAMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL EN ZONAS PRODUCTIVAS DEL ÁREA CONCESIONADA DECRETO No. 4254, Aprobado el 28 de Abril del 2005-06-23 Publicado en La Gaceta No. 92 del 13 de Mayo del 2005. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Hace saber al pueblo nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades; HA DICTADO El siguiente: DECRETO DE APROBACIÓN DEL PROGRAMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL EN ZONAS PRODUCTIVAS DEL ÁREA CONCESIONADA Artículo 1.- Apruébase el Contrato de Préstamo No. 1662 por un monto de US$ 4,750.00.00 (Cuatro Millones Setecientos Cincuenta Mil Dólares), moneda de los Estados Unidos de Norte América, suscrito el 28 de Julio del 2004 en La República de Nicaragua, representada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público (MHCP), y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), para financiar parcialmente el Proyecto denominado: Programa de Electrificación Rural en Zonas Productivas del Área Concesionada, de la República de Nicaragua. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la cuidad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil cinco. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional. Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, cuatro de Mayo del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -