Aprobación Del Convenio Denominado “Segunda Enmienda Y De Negociación” Del Convenio Suscrito Entre El Gobierno De La República De Nicaragua Y La Corporación De Seguros Y Financiera De Exportación (Efic), De Australia

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DENOMINADO SEGUNDA ENMIENDA Y DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA CORPORACIÓN DE SEGUROS Y FINANCIERA DE EXPORTACIÓN (EFIC), DE AUSTRALIA DECRETO A.N. No. 2931, Aprobado el 22 de Mayo del 2001 Publicado en La Gaceta No. 109 del 11 de Junio del 2001 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Hace saber al pueblo nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I El 17 de Noviembre de 2000, fue suscrito entre el Ingeniero Esteban Duque Estrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público, en representación del Gobierno de Nicaragua y el Señor M. F. Jackson, Gerente General Corporativo, de la Corporación de Seguros y Financiera de Exportación del Gobierno de Australia, el Convenio denominado Segunda Enmienda y Renegociación del Convenio que contiene las enmiendas al Convenio de Enmienda y Renegociación fechado el 30 de Marzo de 1993 para consolidar ciertas deudas relacionadas al Convenio de Crédito con la EFIC del 1 de Abril de 1987. II Que el Convenio tiene como objetivo formalizar los diferimientos de pagos de la Deuda Externa de Nicaragua con la Corporación de Seguros y Financiera de Exportación EFIC, de Australia, por el período comprendido entre el 1 de Diciembre de 1998 hasta el 28 de Febrero de 2001, en base a lo establecido en el intercambio de cartas entre el Señor Francis Mayer, Presidente del Club de París, y el Doctor Noel Ramírez Sánchez, Presidente del Banco Central de Nicaragua, fechadas el 16 de Marzo y el 5 de Abril de 1999 respectivamente, a través de las cuales fue enmendada la Minuta del Club de París del 22 de Abril de 1998. En uso de sus facultades; HA DICTADO El siguiente: DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DENOMINADO SEGUNDA ENMIENDA Y DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA CORPORACIÓN DE SEGUROS Y FINANCIERA DE EXPORTACIÓN (EFIC), DE AUSTRALIA Artículo 1.- Apruébase el Convenio entre el Gobierno de la República de Nicaragua y la Corporación de Seguros y Financiera de Exportación (EFIC), de Australia, que contiene las enmiendas al Convenio de Enmienda y Renegociación del Convenio, fechado el 30 de Marzo de 1993, para consolidar ciertas deudas relacionadas al Convenio de Crédito con la EFIC del 1 de Abril de 1987. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintidós días del mes de Mayo del dos mil uno. OSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional. PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional. Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, uno de Junio del año dos mil uno. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua. -