Aprobación Del Convenio De Préstamo Entre La República De Nicaragua Y El Fondo Nórdico Para El Desarrollo (Fnd) Para Financiar El "proyecto De Administración De Tierras"
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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APROBACIÓN DEL CONVENIO DE
PRÉSTAMO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL FONDO NÓRDICO PARA EL
DESARROLLO (FND) PARA FINANCIAR EL "PROYECTO DE ADMINISTRACIÓN DE
TIERRAS"
DECRETO A.N. No. 3843, Aprobado el 24 de Marzo del
2004
Publicado en La Gaceta No. 74 del 16 de Abril del 2004
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
l
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No.
385-2003 del 24 de octubre del 2003, publicado en La Gaceta, Diario
Oficial No. 207 del 31 de octubre del 2003, el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público (MHCP), en nombre y representación de la
República de Nicaragua suscribió el 30 de octubre de 2003 el
Convenio de Crédito FND No. 404 con el Fondo Nórdico para
Desarrollo (FND).
ll
Que mediante el citado convenio el FND le otorga a Nicaragua un
crédito de 5,500,000 Euros para financiar el Proyecto de
Administración de tierras, que ejecuta el MHCP con la asistencia
financiera del Banco Mundial (BM) a través del Convenio de Crédito
No. 3665-NI, aprobado por la Asamblea Nacional el 13 de Diciembre
de 2002.
lll
Que las condiciones financieras del crédito otorgado por el FND son
concesionales y están en armonía con los criterios de endeudamiento
del sector público, y que la demanda de recursos locales para la
implementación del proyecto a financiar está dentro de los
parámetros establecidos por el MHCP en materia de asignación de
fondo de contrapartida para proyectos financiados con recursos
externos.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO
ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL FONDO NÓRDICO PARA EL
DESARROLLO (FND) PARA FINANCIAR EL "PROYECTO DE ADMINISTRACIÓN DE
TIERRAS"
Artículo 1.- Apruébase el Convenio de Crédito FND No. 404
firmado el 30 de octubre de 2003 por la República de Nicaragua,
representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el
Fondo Nórdico para Desarrollo, por un monto de Cinco Millones
Quinientos Mil Euros (EUR 5,500,000).
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la
Asamblea Nacional, a los veinticuatro días del mes de marzo del año
dos mil cuatro. CARLOS NOGUERA PASTORA, Presidente de la
Asamblea Nacional. MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN, Secretario de la
Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, trece de abril del
año dos mil cuatro. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la
República de Nicaragua.
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