Aprobacion De La Resolucion Que Modifica El Articulo Xviii Del Convenio De Cooperacion Para La Reestructuracion Del Instituto Latinoamericano De Comunicación Educativa (Ilce).
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
-
APROBACION DE LA RESOLUCION QUE
MODIFICA EL ARTICULO XVIII DEL CONVENIO DE
COOPERACION PARA LA REESTRUCTURACION DEL INSTITUTO
LATINOAMERICANO
DE COMUNICACIÓN EDUCATIVA (ILCE)
DECRETO A.N. No. 2433, Aprobado el 6 de Diciembre de
1999
Publicado en La Gaceta No.244 del 22 de Diciembre de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE
NICARAGUA
Hace saber al Pueblo Nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO
DE APROBACION DE LA RESOLUCION QUE MODIFICA EL ARTICULO XVIII
DEL CONVENIO
DE COOPERACION PARA LA REESTRUCTURACION DEL INSTITUTO
LATINOAMERICANO
DE COMUNICACIÓN EDUCATIVA (ILCE).
Artículo 1.- Aprobar la Resolución que modifica el Artículo
XVIII del Convenio de Cooperación para la Reestructuración del
Instituto Latinoamericano de Comunicación Educativa (ILCE),
aprobada en la Sesión Ordinaria del Consejo Directivo de dicho
Instituto, celebrada en la Ciudad de México D.F., el 21 de Abril de
1994.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la
Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Diciembre de mil
novecientos noventa y nueve. IVAN ESCOBAR FORNOS. Presidente
de la Asamblea Nacional. VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE.
Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese, Managua, diecisiete de
Diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMAN
LACAYO. Presidente de la República de Nicaragua.
-