Aprobacion De La Resolucion Que Modifica El Articulo Xviii Del Convenio De Cooperacion Para La Reestructuracion Del Instituto Latinoamericano De Comunicación Educativa (Ilce).

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - APROBACION DE LA RESOLUCION QUE MODIFICA EL ARTICULO XVIII DEL CONVENIO DE COOPERACION PARA LA REESTRUCTURACION DEL INSTITUTO LATINOAMERICANO DE COMUNICACIÓN EDUCATIVA (ILCE) DECRETO A.N. No. 2433, Aprobado el 6 de Diciembre de 1999 Publicado en La Gaceta No.244 del 22 de Diciembre de 1999 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Hace saber al Pueblo Nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades; HA DICTADO El siguiente; DECRETO DE APROBACION DE LA RESOLUCION QUE MODIFICA EL ARTICULO XVIII DEL CONVENIO DE COOPERACION PARA LA REESTRUCTURACION DEL INSTITUTO LATINOAMERICANO DE COMUNICACIÓN EDUCATIVA (ILCE). Artículo 1.- Aprobar la Resolución que modifica el Artículo XVIII del Convenio de Cooperación para la Reestructuración del Instituto Latinoamericano de Comunicación Educativa (ILCE), aprobada en la Sesión Ordinaria del Consejo Directivo de dicho Instituto, celebrada en la Ciudad de México D.F., el 21 de Abril de 1994. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve. IVAN ESCOBAR FORNOS. Presidente de la Asamblea Nacional. VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE. Secretario de la Asamblea Nacional. Por Tanto: Publíquese y Ejecútese, Managua, diecisiete de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMAN LACAYO. Presidente de la República de Nicaragua. -