Aporte Del Estado A Birf Relativo "aumento De Recursos 5Ta. Reposición"

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - APORTE DEL ESTADO A BIRF RELATIVO "AUMENTO DE RECURSOS 5ta. REPOSICIÓN" Decreto No. 658 de 13 de febrero de 1978 Publicado en La Gaceta No. 46 de 25 de febrero de 1978 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, A sus habitantes, Sabed: Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente: Decreto No. 658 La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua Decretan: Artículo 1.- Aprobar el desembolso del aporte a la Asociación Internacional de Fomento (BIRF), por la suma de CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA DÓLARES (US$4.550.00), de los Estados Unidos de Norteamérica, que deberá aportar Nicaragua en tres (3) cuotas iguales pagaderas el 8 de noviembre de los años 1977, 1978 y 1979, de conformidad con la Resolución No. 102 de la Asamblea de Gobernadores de la referida Asociación Internacional de Fomento, denominado "AUMENTO DE RECURSOS 5ta. REPOSICIÓN", adoptada el 26 de junio de 1977. Artículo 2.- Autorízase al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público a celebrar con el Banco Central de Nicaragua, en su carácter de Agente financiero del Gobierno, un Convenio para que el Banco Central haga el aporte a que se refiere al Arto. 1º. por cuenta y a nombre del Gobierno de Nicaragua. Artículo 3.- Esta Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., nueve de septiembre de mil novecientos setenta y siete.- (f) Luis H. Pallais Debayle, Presidente.- (f) Antonio Coronado Torres, Secretario.-(f) Humberto Guerrero Zapata, Secretario. Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D.N., 23 de septiembre de 1977..- (f) Pablo Rener, Presidente.- (f) Constantino Mendieta R., Secretario.- (f) Raúl Arana Montalván, Secretario. Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial.- Managua, D. N., a los trece días del mes de febrero de mil novecientos setenta y ocho.- (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Samuel Genie A., Ministro de Hacienda y C. P.". -