Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Orden Interno
Rango: Decretos Ejecutivos
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VIGENCIA DE LAS DISPOSICIONES
ADMINISTRATIVAS PARA LA CORRECTA APLICACIÓN
DE LA LEY No.310,"LEY QUE PRORROGA LOS INCENTIVOS
MIGRATORIOS"
DECRETO No. 86-99, Aprobado el 30 Julio de 1999
Publicado en La Gaceta No.150 del 6 Agosto 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que mediante Ley No.310 "LEY QUE PRORROGA LOS INCENTIVOS
MIGRATORIOS" publicada en La Gaceta Diario Oficial No.123 del 29 de
Junio del corriente año, se prorrogó por un año los Incentivos
Migratorios establecidos en la Ley No.250 "Ley de Incentivos
Migratorios", publicada en La Gaceta Diario Oficial No.52 del 14 de
Marzo de 1997.
II
Que es necesario contar con normas de carácter administrativas que
faciliten la correcta aplicación de la Ley que prorroga los
incentivos migratorios.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
VIGENCIA DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA
CORRECTA APLICACIÓ N DE LA LEY No.310,"LEY QUE PRORROGA LOS
INCENTIVOS MIGRATORIOS.
Artículo 1.- Para la correcta aplicación de la Ley No.310
"Ley que prorroga los Incentivos Migratorios, mantiénese vigente
lo dispuesto en el Decreto No.30-97 DISPOSICIONES
ADMINISTRATIVAS PARA LA CORRECTA APLICACIÓN DE LA LEY No.250 LEY DE
INCENTIVOS MIGRATORIOS", publicado en La Gaceta Diario Oficial
No. 64 del 8 de abril de 1997.
Artículo 2.- Las solicitudes de incentivos migratorios
acompañada de la documentación respectiva deberán presentarse ante
la Secretaría General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
para su trámite y resolución.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
parte de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial. el treinta de
Julio de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMAN
LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
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