Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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UNA ENMIENDA SOBRE EL CONTRATO
CON LA INTERNACIONAL DEL BANCO DE RECONSTRUCCIÓN
No. 28. Aprobado el 23 de Octubre de 1962.
Publicado en La Gaceta No. 249 del 1 de Noviembre de 1962.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de sus facultades, por cuanto en Acuerdo No. 24 del 29 de
Septiembre próximo pasado por el cual se aprueba el préstamo
celebrado en la Ciudad de Washington D. C., Estados Unidos de
América entre el Dr. Julio César Alegría en representación del
Gobierno de Nicaragua y la Internacional Development Asociation se
dijo equivocadamente que esta es una Agencia del Gobierno de los
Estados Unidos de América,
Acuerda:
l.- Rectificar el Acuerdo anteriormente mencionado en el
sentido de que el Contrato que él se aprueba es con la
Internacional Development Asociation, Asociación afiliada al
"Internacional Bank for Reconstruction and Development".
ll.- Envíase el presente Acuerdo aclaratorio al Congreso
Nacional Cámara de Diputados a fin de obtener la aprobación del
Poder Legislativo, antes referido a fin de que surta los efectos
legales respectivos.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., a los veintitrés
días del mes de Octubre de mil novecientos sesenta y dos.- (f)
LUIS A. SOMOZA D.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.- (f) GONZALO MENESES
OCÓN.- MINISTRO DE HACIENDA Y C. P., por la Ley.
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