Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Salud
Rango: Decretos Ejecutivos
-
(TIÉNESE POR APROBADO EL CRÉDITO
DE FOMENTO PARA LA MODERMIZACIÓN
DEL SECTOR SALUD)
DECRETO No.17-99 Aprobada el 01 de Febrero de 1999
Publicada en La Gaceta No.41 del 01 de Marzo de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la Asamblea Nacional recibió el Convenio Crédito de Fomento
para Modernización del Sector Salud, el día 12 de agosto de mil
novecientos noventa y ocho, para su aprobación o rechazo conforme
lo establece el numeral 12 del artículo 138 de la Constitución
Política.
II
Que ha transcurrido el plazo señalado en la Constitución Política
para que ese Poder del Estado ejerciera tal atribución sin que se
llegara a producir ni la aprobación ni el rechazo de la iniciativa
presentada, por lo que se debe tener por aprobado para todos los
efectos legales.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Artículo 1- Tiéntese por aprobado el Crédito de Fomento para
la Modernización del Sector Salud, suscrito el día 8 de Julio de
mil novecientos noventa y ocho con la Asociación Internacional de
Fomento.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación, en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el diecinueve
de Febrero de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN
LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
-