Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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SUSPENSION DE DIETAS
DECRETO No. 57, Aprobado el 28 de Agosto de 1979
Publicado en La Gaceta No. 12 del 18 de Septiembre de 1979
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN
NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Quedan suspensos los pagos de dietas por parte
del Estado, en concepto de asistencia a sesiones de Junta
Directiva, de los Institutos de dominio Comercial e Industrial del
Estado, Entes Autónomos y Empresas confiscadas.
Artículo 2.- La presente ley es de orden público.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia hoy,
desde el momento de su publicación por cualquier medio de
comunicación colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior
en el Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes de
Agosto de mil novecientos setenta y nueve.- Año de la Liberación
Nacional.
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Violeta B. De
Chamorro. Sergio Ramírez Mercado. Moisés Hassan M. Alfonso Robelo
Callejas. Daniel Ortega Saavedra.
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