Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Decretos Ejecutivos
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SEÑALASE DÍA DE CIRCULACIÓN DE
EMISIÓN LAGUNAS Y VOLCANES DE NICARAGUA
DECRETO No. 7, Aprobado el 22 de Febrero de 1979
Publicado en La Gaceta No. 56 del 07 de Marzo de 1979
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1. - Señálese el día 27 de febrero de 1979, Como
Primer día de Circulación de emisión denominada Lagunas y Volcanes
de Nicaragua, autorizada por Decreto Ejecutivo No. 23 del 26 de
Mayo de 1978.
Artículo 2.- Publíquese en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en Casa Presidencial Managua, Distrito Nacional, a los
veintidós días del mes de febrero de mil novecientos setenta y
nueve.- (f) A. SOMOZA D, Presidente de la República.- (f)
SAMUEL GENIE A., Ministro de Hacienda y C.P.
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