Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Decretos Ejecutivos
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SE SEÑALA LA EDAD PARA
ORGANIZARSE EN EL EJÉRCITO
DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 22 de Octubre de 1895
Publicado en La Gaceta No. 289 del 27 de Octubre de
1895
El Presidente de la República decreta: de 18 á 45 años de edad,
serán los individuos que deben de organizarse en el Ejército de
Operaciones y de asistir á las paradas dominicales.
Queda reformado en esa parte el Decreto de 14 de los
corrientes.
Dado en Managua, á los veintidós días del mes de Octubre de mil
ochocientos noventa y cinco- J. S. Zelaya- El Ministro de la
Guerra- Franc. Balladares.
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