Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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(SE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO
DEL ARTÍCULO 70 DEL DECRETO 118-2001 PUBLICADO EN LA GACETA No. 1 Y
2 DE ENERO DE 2002 )
DECRETO No. 28-2002, Aprobado el 12 de Marzo del 2002
Publicado en La Gaceta No. 82 del 6 de Mayo del 2002
El Presidente de la República de Nicaragua
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Artículo 1.- Se reforma el Primer Párrafo del artículo 70
del Decreto 118-2001 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 1 y
2 de Enero de 2002 el que se leerá así:
Arto. 70 Secretaría de Relaciones Económicas y Cooperación
corresponde al Secretario con rango de Vice Ministro.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el doce de Marzo
del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la
República de Nicaragua.
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