Se Reforma El Artículo 1 De Un Decreto Sobre Aranceles – Educación

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Decretos Ejecutivos - (SE REFORMA EL ARTÍCULO 1 DE UN DECRETO SOBRE ARANCELES  EDUCACIÓN) Aprobado el 7 de Diciembre de 1923 Publicado en La Gaceta No. 85 del 10 de Abril de 1924 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de las facultades legislativas que les fueron delegadas por el Soberano Congreso en decreto de 10 de febrero de 1923, DECRETA: 1. El artículo 1 del decreto de 20 de agosto de 1923 que establece los aranceles de los Institutos Nacionales y Escuela Normal, queda reformado por el presente en lo que se refiere al pago en la tesorería del establecimiento, por el examen de cada asignatura, lo cual se leerá así: Por el examen de cada asignatura - C$ 0.50. 2. El presente decreto empezará a regir desde su publicación en La Gaceta. Dado en Managua, en el Palacio del Ejecutivo, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos veinte y tres. BARTOLOMÉ MARTÍNEZ. El Ministro de Instrucción Pública, JUAN J. RUIZ. -