Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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SE REFORMA EL ART. 33 DE LA LEY
ORGÁNICA DE TRIBUNALES
Aprobado el 7 de Marzo de 1898
Publicado en La Gaceta No. 468 del 16 de Marzo de 1898
LA ASAMBLEA NACIONAL LEGISLATIVA
DECRETA:
Art. 1°.- El inciso 7º del artículo 33 de la Ley Orgánica de
Tribunales, quedará adicionado así:- Pero en los lugares donde
sólo hubiere Comandantes ó Agentes de Policía podrán éstos ejercer
todas las funciones de Alcalde Constitucional, de Jueces Locales y
de Agricultura.
Art. 2°.- El presente decreto empezará á regir desde su
publicación.
Dado en el Salón de Sesiones Managua, 7 de Marzo de 1898
CLETO CAJINA, D. P. GENARO LUGO, D. S.
SANTIAGO LÓPEZ, D. S.
Publíquese Palacio Nacional Managua, 8 de Marzo de 1898 J.
S. ZELAYA El Ministro de Justicia ERASMO
CALDERÓN.
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