Se Ratifica Contrato De Prestamo

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - SE RATIFICA CONTRATO DE PRÉSTAMO DECRETO No. 125, Aprobado el 4 de Octubre de 1985 Publicado en La Gaceta No. 201 del 21 de Octubre de 1985 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades, DECRETA: Artículo 1.-Se ratifica en todas y cada una de sus partes el Contrato de Préstamo Blando otorgado por el Gobierno de la República de Holanda a la República de Nicaragua por la suma de nueve millones de Florines (HFL 9.0mm) como financiamiento para la adquisición de camiones para el Ministerio de Transporte, MITRANS suscrito el día trece de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco, en Managua Artículo 2.-El Ministerio de Finanzas deberá establecer oportunamente en los presupuestos de ingresos y egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas. Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia desde el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los cuatro días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y cinco. "Por la paz, Todos contra la Agresión".-DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República. -