Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Decretos Ejecutivos
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(SE PERMITE EN
LA RESERVA DE BOSAWÁS EL APROVECHAMIENTO DE MADERA PARA USO
DOMICILIAR Y MINERÍA ARTESANAL)
DECRETO No. 35-2013 Aprobado
el 3 de Octubre del 2013
Publicado en La Gaceta No. 191 de 9 de Octubre del 2013
El Presidente de la República
Comandante Daniel Ortega Saavedra
CONSIDERANDO
I
Que la Reserva de la Biosfera de Bosawas es reconocida e
incorporada en el marco del Programa sobre el Hombre y la Biosfera
(MAB), a la Red Mundial de Reservas de Biosfera de la UNESCO, del
28 de octubre del año 1998 y que se hace necesario velar por una
mejor conservación, protección, manejo y sostenibilidad socio
ambiental de la Reserva de la Biosfera de Bosawas.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1. Conforme la Ley No. 407 Ley que Declara y
Define la Reserva de la Biosfera de Bosawas publicada en la
Gaceta, Diario Oficial No. 244 del 24 de diciembre del año 2001, se
permite el aprovechamiento de madera para uso domiciliar y para uso
de la minería artesanal en las zonas de amortiguamiento de la
Reserva de la Biosfera de Bosawas, correspondiente al municipio de
Bonanza.
Articulo 2. El presente decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de
Nicaragua, el día tres de Octubre del año dos mil trece. Daniel
Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
Juanita Argeñal Sandoval, Ministra del Ambiente y de los
Recursos Naturales.
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