Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
-
(SE ORDENA UN RESELLO DE PAPEL
SELLADO)
DECRETO No. 72-C, Aprobado el 28 de Febrero de 1936
Publicado en La Gaceta No. 53 del 03 de Marzo de 1936
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que se ha agotado la existencia de papel sellado de DIEZ CENTAVOS
DE CÓRDOBAS (C$ 0.10), y debiendo proveer de esa especie a las
Administraciones de Rentas de la República,
DECRETA
Artículo 1.- De la existencia de papel sellado de UN CÓRDOBA
(C$ 1.00) que hay en el depósito general, mandar resellar DIEZ MIL
(10.000) PLIEGOS, desvalorizándolos a DIEZ CENTAVOS DE CÓRDOBA (C$
0.10) cada uno, imprimiendo en la hoja primera, que tiene el sello
oficial, la leyenda VALE DIEZ CENTAVOS UNDÉCIMA CLASE, en tinta
negra, testando previamente su valor original de UN CÓRDOBA (C$
1.00) y la clase a que corresponde, mediante una raya horizontal
con la misma tinta negra.
Artículo 2.- Quedan sin ningún valor las segundas hojas que
serán guardadas en el Almacén General para lo que más tarde se
disponga.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, D. N., 28 de Febrero de
1936. SACASA. El Secretario de Hacienda y Crédito Público,
FRANCO CASTRO.
-