Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Decretos Ejecutivos
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SE LIMITA ZONA PESQUERA EN EL
ATLÁNTICO A 122 EMBARCACIONES
Decreto No. 30-DRN de 16 de Abril de 1974
Publicado en La Gaceta No. 101 de 9 de Mayo de 1974
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,
En uso de las facultades que le confiere el Arto. 195 Inciso 3)
Cn., y el Arto. 13 del Decreto Legislativo No. 557 del 20 de Enero
de 1961, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 32 del 7 de
Febrero de 1961,
Decreta:
Artículo 1.- Se deroga el Decreto Ejecutivo No. 190-DRN del
24 de Abril de 1972, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, No.
92 del día 27 del citado mes.
Artículo 2.- Se limita la flota camaronera operante en la
Zona Pesquera Nacional correspondiente al Océano Atlántico, a la
cantidad de ciento veinte y dos embarcaciones, las que pescarán
bajo el amparo y responsabilidad de los tenedores de Licencia de
Explotación de Pesca Comercial.
Artículo 3.- Este Decreto entrará en vigor a partir de esta
fecha y deberá publicarse en su oportunidad, en "La Gaceta", Diario
Oficial.
Comuníquese: Casa Presidencial. Managua, D.N., dieciséis de abril
de mil novecientos setenta y cuatro.- JUNTA NACIONAL DE
GOBIERNO.- (f) R. MARTÍNEZ L.- (f) EDMUNDO PAGUAGA IRÍAS.- (f) A.
LOVO CORDERO. Doy fe: (f) Luis Valle O., Secretario.- (f) Juan
José Martínez L., Ministro de Economía, Industria y Comercio.
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