Se Establece Un Horario Extraordinario De Trabajo A Las Oficinas Del Instituto Nicaragüense De Estudios Territoriales (Ineter) Con El Fin De Garantizar El Monitoreo Y Seguimiento De Fenómenos Naturales Especialmente En El Mes De Octubre

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Laboral y Seguridad Social Rango: Decretos Ejecutivos - (SE ESTABLECE UN HORARIO EXTRAORDINARIO DE TRABAJO A LAS OFICINAS DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE ESTUDIOS TERRITORIALES (INETER) CON EL FIN DE GARANTIZAR EL MONITOREO Y SEGUIMIENTO DE FENÓMENOS NATURALES ESPECIALMENTE EN EL MES DE OCTUBRE) DECRETO N° 41-2008. Aprobado el 15 de Agosto del 2008 Publicado en La Gaceta N° 162 del 22 de Agosto del 2008 El Presidente de la República de Nicaragua, En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente: DECRETO Artículo 1. Se establece un horario extraordinario de trabajo a las Oficinas del Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (INETER), con el fin de garantizar el monitoreo y seguimiento de fenómenos naturales que tienden a multiplicarse en los meses venideros, especialmente en el mes de Octubre, con el fin de garantizar una alerta temprana y los preparativos de protección de la población, junto con SINAPRED y los otros organismos correspondientes. Artículo 2. Las disposiciones del Decreto N° 66-2007, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 128 del 6 de julio del 2007, y sus reformas, no serán aplicables a esta institución del Estado. Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los quince días del mes de agosto del año dos mil ocho. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA Presidente de la República de Nicaragua.- Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales. -