Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Orden Interno
Rango: Decretos Ejecutivos
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(SE DEROGA UN DECRETO DE 1918
SOBRE TENENCIA DE ARMAS)
No. 29. Aprobado el 20 de Noviembre de 1923
Publicado en La Gaceta No. 274 del 13 de Diciembre de 1923
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que el decreto ejecutivo de 12 de Julio de 1918 no dio los
resultados que se tuvieron en mira al expedirlo y antes bien, se
presta a irregularidades que conviene corregir,
Por Tanto:
Y haciendo uso de las facultades concedidas al Poder Ejecutivo por
el Soberano Congreso Nacional en decreto de 21 de febrero del año
en curso.
DECRETA:
Artículo 1.- Derógase el decreto ejecutivo de 12 de Julio de
1918, que trata de la portación y tenencia de armas, quedando en
todo su vigor las disposiciones del Código de Policía y sus
reformas sobre la materia.
Artículo 2.- El presente decreto empezará a surtir sus
efectos desde su publicación por bando.
Dado en la Casa Presidencial, en Managua a los veinte días del mes
de Noviembre de mil novecientos veintitrés.- B. MARTÍNEZ.-
El Ministro de la Policía.- GUSTAVO PAGUAGA.
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