Se Deroga Decreto En Donde La Corte Suprema De Justicia Extenderá Autorización Para Que Ejerciten La Profesión Abogados, Escribanos O Notarios Previo Examen
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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(SE DEROGA DECRETO EN DONDE LA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXTENDERÁ AUTORIZACIÓN PARA QUE EJERCITEN
LA PROFESIÓN ABOGADOS, ESCRIBANOS O NOTARIOS PREVIO
EXAMEN)
DECRETO No.1207 Aprobado el 8 de Agosto de 1929
Publicado en la Gaceta No.232 del 17 de Octubre de 1929
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
En uso de sus facultades que le han sido delegadas,
CONSIDERANDO:
Que subsisten las razones que tuvo el Ejecutivo para emitir el
Decreto de 20 de Enero de 1913, por el cual se deroga el Arto.8º
del Reglamento de las escuelas de Derecho y Notariado, y el cual
fue derogado por la ley de 19 de agosto de 1927,
DECRETA:
1º.- Derógase el Decreto Ejecutivo de 19 de agosto de 1927,
relativo al examen de incorporación, el cual deberá practicarse
ante la Corte Suprema de Justicia, como requisito previo para optar
al título de Abogado y Notario Público;
2º.- Esta ley empezará a regir desde su publicación en La Gaceta
Oficial.
Comuníquese- Palacio del Ejecutivo- Managua 8 de agosto de 1929.-
MONCADA El Ministro de Instrucción Pública-
SEVILLA.
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