Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Decretos Ejecutivos
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SE DEJA LIBRE DE TODO GRAVAMEN
IMPORTACIONES DE EQUIPOS PARA IRRIGACIÓN A FAVOR
AGRICULTURA.
DECRETO No 25, Aprobado el 4 de Marzo de 1960
Publicado en La Gaceta No 62 del 15 de Marzo de 1960
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:
En uso de las facultades que le confieren el Arto. 23 del Código
Arancelario de Importaciones,
DECRETA:
Artículo 1. Declare libre de todo gravamen especifico y
Advalorem la importación de equipos mecanices para irrigación de
tierras con fines agrícolas, tramitándose la libre introducción
mediante solicitud que pruebe el Ministerio de Hacienda y Crédito
Publico.
Articulo 2.- El presente Decreto entrara en vigor desde la
fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial pero sus
beneficios son aplicables a cualquier importación cuyos impuestos
aduaneros estén pendiente de la liquidación o pago por plazo
ordinario, o por prorrogas de plazo concedidas.
Dado en Casa Presidencial.- Managua, D.N., a los tres días del mes
de Marzo de mil novecientos sesenta.- (f) LUIS A. SOMOZA D.,
Presidente de la República.- (f) J. C. H. HUECK, Ministro de
Hacienda y Crédito Público.
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