Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Transporte
Rango: Decretos Ejecutivos
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(SE DECLARAN PUERTOS LIBRES PARA
EL COMERCIO DE TODAS LAS NACIONES)
Aprobado el 18 de marzo de 1890
Publicado en La Gaceta No. 69 del 23 de marzo de 1890
El Gobierno aprueba el decreto siguiente:
Isidro Urtecho, Comisario de la República en la Reserva Mosquita é
Inspector General de la Costa Atlántica.
En virtud de facultades especiales:
Decreta:
Art. 1°.- Se declaran puertos libres para el comercio de
todas las naciones, bajo las reglas que por separado se darán en la
Ordenanza de Corn Island, los de Brig Bay y South Bay en Corn
Island, y el de Pelican Bay en Little Corn Island.
Art. 2°.- Elévese al conocimiento del Supremo Gobierno. San
Juan del Norte, 5 de marzo de 1890 Isidro Urtecho
Dado en Managua, á 18 de marzo de 1890- Roberto Sacasa El
Ministro de la Gobernación Modesto Barrios.
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