Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
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SE DECLARA VIGENTE EL TRATADO DE
COMERCIO CELEBRADO CON EL SALVADOR EL 23 DE ENERO DE 1889
DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 5 de Agosto de 1895
Publicado en La Gaceta No. 224 del 9 de Agosto de 1895
El Presidente de la República, habiéndose puesto de acuerdo las
Cancillería de las Nicaragua y del Salvador para que continúe en
vigor el Tratado de comercio celebrado el 23 de Enero de 1889, en
virtud del cual los productos naturales y artefactos de los
respectivos países no deben pagar en el otro derecho de
importación, decreta:
1.º- Desde la publicación del presente decreto no se cobrará en las
Aduanas de la República derechos de importación por los productos
naturales y artefactos procedentes del Salvador.
2.º- Queda derogada toda disposición que se oponga á la
presente.
Dado en Managua, á 5 de Agosto de 1895 - J. S. Zelaya - El
Ministro de Hacienda - Santiago Callejas.
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