Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Ejecutivos
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(SE DECLARA EL 14 DE JULIO DÍA
NACIONAL EN HONOR DE LA REPÚBLICA FRANCESA)
No. 115, Aprobado el 8 de Julio de 1918
Publicado en La Gaceta No. 156 del 13 de Julio de 1918
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que el 14 de julio es el día nacional de Francia, nación cuya noble
y secular historia, es demostración viva de los más altos ideales
cívicos, del más intenso esfuerzo humano; nación a donde afluye la
simpatía universal, como si fuera el cerebro del mundo, y que,
además siempre ha sido la amiga leal y compañera de la democracia
americana.
CONSIDERANDO:
Que el 14 de julio es la fecha gloriosa en que al impulso
avasallador de la opinión popular, cayó la Bastilla emblema del
despotismo y de las cadenas que oprimían al hombre.
CONSIDERANDO:
Que en esa fecha el mundo aclamará unánimemente el heroísmo de la
República Francesa, empeñada desde hace tanto tiempo en mortal
combate con los absolutistas imperios del centro de Europa,
DECRETA:
1.- El 14 de julio será día de fiesta y se celebrará en la
República, como día nacional.
2.- El Ministerio de la Guerra ordenará los honores
apropiados.
3.- Los Jefes Políticos se encargarán del cumplimiento del
presente Decreto.
Dado en Managua, a ocho de Julio de mil novecientos dieciocho.-
EMILIANO CHAMORRO.- El Ministro de la Gobernación.-
VENANCIO MONTALVÁN.
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