Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Decretos Ejecutivos
-
SE CREA UNA ESCUELA DE TELEFONÍA
Y TELEGRAFÍA EN ESTA CAPITAL
DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 23 de Marzo de 1895
Publicado en La Gaceta No. 123 del 28 de Marzo de 1895
El Presidente de la República en el deseo de dar el mayor ensanche
á la instrucción y mejorar el servicio telegráfico y telefónico,
hasta donde sea posible, poniéndola al alcance de todas las clases
sociales, acuerda:
Art. 1.- Créase en esta capital una escuela de telegrafía y
telefonía, bajo la inmediata inspección del señor Director General
del ramo, y á cargo del empleado que se designe que devengará el
sueldo de ochenta pesos mensuales.
Art. 2.- En dicho establecimiento se admitirán hasta treinta
jóvenes mayores de quince años, que por su honradez y antecedente
reconocidos merezcan tal distinción.
Art. 3.- La admisión será por el Director General, en vista
de los informes de los Jefes Políticos y previa firma del contrato
respectivo.
Art. 4.- Se asigna quince pesos mensuales á cada uno de los
discípulos que lleguen á dicho plantel con las condiciones
expresadas, bajo el concepto de que deberán prestar sus servicios,
al ser calificados como competentes, en la oficina que se les
designe, durante dos años y con el sueldo que asigne el presupuesto
de gastos.
Comuníquese- Managua, 23 de Marzo de 1895.- Zelaya- El
Ministro General- Baca, h.
-