Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Decretos Ejecutivos
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(SE CONMEMORA CON UN SELLO
POSTAL LA DESIGNACIÓN DE LA SEMANA DEL CORREO AÉREO
INTERNACIONAL)
DECRETO No. 14, Aprobado el 25 de Octubre de 1933
Publicada en La Gaceta No. 240 del 03 de Noviembre de 1933
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
POR CUANTO:
I. El Gobierno considera que es uno de sus deberes primordiales
estimular el desarrollo y fomento de todas aquellas empresas que
por ser de utilidad pública, traen beneficios directos e inmediatos
a nuestra colectividad, haciéndonos gozar de todas las ventajas de
la moderna civilización.
II. Es indudable que en el curso del año trascurrido desde el mes
de septiembre del año próximo pasado a la fecha, la aviación
comercial interna, siguiendo el ejemplo de la Aviación
Internacional, ha sufrido en Nicaragua un desarrollo progresivo
cuya influencia notoria se palpa por todos los nicaragüenses.
III. La aviación está resolviendo en nuestro país uno de los
problemas de más seriedad que hemos afrontado durante toda nuestra
vida, cual es el acercamiento de sus diferentes regiones, lo que
traerá a no dudarlo, no sólo la mayor solidaridad del pueblo
nicaragüense, sino también el desarrollo de nuestras inexplotables
riquezas naturales y que desde luego, gracias a la aviación estamos
en inmediato contacto con todos los países de la América
facilitándonos así el intercambio de productos e ideas con los
pueblos más avanzados del Continente;
POR TANTO
DECRETA:
Artículo 1.- Designar la semana comprendida entre el 6 y 11
de noviembre de este año, como la Semana del Correo Aéreo
Internacional, cuya conmemoración se hará mediante la emisión de un
sello postal aéreo válido sólo por esa semana, impreso en papel de
lino engomado con las siguientes características: Forma
rectangular, enmarcando un paisaje del Lago Xolotlán, con un ramal
de la cordillera en el fondo, mostrando en la superficie del Lago
tres embarcaciones de vela y en el cielo un aeroplano en marcha.
Dominando el paisaje se verá una alegoría de la velocidad
consistente en un par de alas, llevando en el centro una rueda. En
la parte superior tendrá esta lectura: REPÚBLICA DE NICARAGUA
SEMANA AÉREA INTERNACIONAL y en cada uno de los ángulos superiores
llevará un escudo nacional acompañados de la firma en facsímil del
Subsecretario de Fomento, don Roberto E. Deshon y la del Director
General de Comunicaciones, don J. Ramón Sevilla, como comisionados
para el control de la emisión. Al pie tendrá esta frase: Noviembre
6 al 11 de 1933 y en los ángulos inferiores tendrá las iniciales
U. P. U. correspondientes a la Unión Postal Universal y las de P.
A. A. como un homenaje a la Pan American Airways, Inc. que ha sido
en Nicaragua la Compañía iniciadora e impulsora del desarrollo de
la aviación comercial. A cada lado, izquierdo y derecho, buscando
hacia el centro, cada sello tendrá su valor respectivo.
Artículo 2.- Se establece que la emisión postal aquí
decretada constará de las siguientes cantidades, colores y
valores:
2.500 sellos color café a C$ 0.10 c/u.......C$ 250.00
2.500 sellos color morado a C$ 0.15 c/u..C$ 375.00
2.500 sellos color rojo a C$ 0.25 c/u.........C$ 625.00
2.500 sellos color
azul a C$ 0.50 c/u.........C$ 1.250.00
10.000...............................................................C$
2.500.00
Artículo 3.- Promulgar debidamente esta resolución a fin de
que el público en general tenga conocimiento de ella y coopere con
los fines perseguidos por el Gobierno y trascribirla asimismo a las
diferentes Empresas de trasporte aéreo que trabajan en Nicaragua a
efecto de que también cooperen en el sentido indicado.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, 25 de octubre de 1933.
SACASA. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, por la
ley, L. QUESADA.
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