Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Decretos Ejecutivos
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SE ASIGNA EL SUELDO QUE
DEVENGARÁN LOS JEFES OFICIALES Y SOLDADOS, EN ACTUAL
CAMPAÑA
DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 18 de Septiembre de
1897
Publicado en La Gaceta No. 339 del 22 Septiembre de
1897
El Presidente del Estado decreta:
1º.- Durante la situación anormal provocada por los
revolucionarios de Oriente, los Jefes y Oficiales devengarán un
peso diario, y los clases y soldados, cincuenta centavos.
2º.- Restablecido el orden, se practicará la liquidación
correspondiente, conforme la tarifa vigente.
3º.- El presente decreto empezará á regir desde el 20 de los
corrientes.
Dado en Managua, á 18 de Septiembre de 1897- J. S. Zelaya-
El Ministro de la Guerra.- Erasmo Calderón.
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