Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Transporte
Rango: Decretos Ejecutivos
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SE AGREGA INCISO A DECRETO
EJECUTIVO NO. 1 DEL 13 DE ENERO 1969 RELATIVO A IMPUESTOS SOBRE
TRAILERS
Decreto No. 31 de 29 de Octubre de 1971
Publicado en La Gaceta No. 257 de 12 de Noviembre de 1971
El Presidente de la República,
En uso de sus facultades,
Considerando:
Que para ejercer control sobre todos los remolques que transitan
por ciudades y carreteras de la República, es necesario proveerles
de un distintivo que los identifique.
Considerando:
Que el tránsito de remolques tirados por cabezales a través de
carreteras internacionales, las empresas poseedoras de este tipo de
transporte se ven perjudicadas al no poder identificar las
procedencias de sus aparatos.
Decreta:
Artículo 1.-Se agrega el Inciso I) al Decreto Ejecutivo No.
1 del 13 de enero de 1969, que se leerá así:
"I) Los remolques o trailers, estarán exentos del impuesto, pagando
únicamente el valor de placas y calcomanías".
Artículo 2.-El presente decreto empezará a regir desde su
publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los
veintinueve días del mes de octubre de mil novecientos setenta y
uno. (f) A. Somoza D., Presidente de la República. (f) Gustavo
Montiel, Ministro de Hacienda y C. P.".
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