Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
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(SE ADICIONA UN NUEVO INCISO EN
EL ARTÍCULO 4 DEL DECRETO 46-98, CREACIÓN DEL FONDO SOCIAL
SUPLEMENTARIO, PUBLICADO EN LA GACETA No. 117 DEL
24/06/1998)
DECRETO No. 57-2002, Aprobado el 4 de Junio del 2002
Publicado en La Gaceta No. 114 del 19 de Junio del 2002
El Presidente de la República de Nicaragua
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Artículo 1.- Se adiciona un nuevo inciso al artículo 4 del
Decreto 46-98, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Número 117
del 24 de Junio de 1998, el que se leerá así:
"8) El Ministerio de la
Familia"
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el cuatro de Junio
del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la
República de Nicaragua.
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