Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Laboral y Seguridad Social
Rango: Decretos Ejecutivos
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(RETRIBUCIÓN EQUIVALENTE AL 20%
DEL SUELDO DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS EN EL MES DE FEBRERO)
DECRETO No. 07-2001, Aprobado el 19 de Enero del 2001
Publicado en La Gaceta No. 16 del 23 de Enero del 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el Gobierno de la República de Nicaragua tiene la obligación de
dar cobertura en Educación a todos lo niños y jóvenes del país, por
ser ésta el eje del desarrollo de Nicaragua.
II
Que el Gobierno debe hacer un esfuerzo conjunto con la Empresa
Privada, para desarrollar una política de ayuda y colaboración con
los padres de familia que no tienen ingresos suficientes para que
sus hijos puedan entrar a las escuelas y obtener una educación
integral que eleve su nivel cultural de vida.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Arto. 1.- Se autoriza al Ministro de Hacienda y Crédito
Público para que incorpore en la nómina del Gobierno Central una
retribución equivalente al 20% del sueldo a todos los empleados
públicos que tengan hijos en edad escolar mayores de 5 años y
menores de 17 años, y cuyo salario bruto no exceda de diez mil
córdobas (C$10,000.00). Esta retribución deberá reflejarse por una
sola vez en la nómina del mes de Febrero.
Arto. 2.- También el monto de la retribución establecido
en el artículo anterior será incorporada a la nómina de Febrero del
corriente año de todos los Entes Descentralizados subordinados al
Poder Ejecutivo, los que deberán ejecutar los ajustes necesarios en
su presupuesto.
Arto. 3.- Instruir al Ministro de Hacienda y Crédito
Público a que efectúe los trámites y ajustes necesarios en el
Presupuesto General de la República, para cubrir los costos del
Bono Escolar.
Arto. 4.- Instar a la Empresa Privada Nicaragüense a que
se sume a este gesto de apoyo al desarrollo de la Educación como
fundamento del progreso del país.
Arto. 5.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el diecinueve
de Enero del año dos mil uno.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO,
Presidente de la República de Nicaragua.- ESTEBAN DUQUE ESTRADA
SACASA, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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