Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Decretos Ejecutivos
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RESELLO DE UN MILLÓN DE SELLOS
DE TASA POSTAL HABILITÁNDOLOS PARA USO POSTAL
Decreto No. 13 de 5 de junio de 1969
Publicado en La Gaceta No. 133 de 16 de junio de 1969
El Presidente de la República,
en uso de sus facultades,
Considerando:
Que en el Almacén de Especies Fiscales existe una gran cantidad
de Sellos de Tasa Postal de cinco centavos, de consumo lento, y que
en cambio se ha agotado la existencia de sellos para uso postal del
mismo valor de consumo regular y constante:
Por Tanto:
Decreta:
Artículo 1.-Autorizar el resello de Un Millón de Sellos de
Tasa Postal habilitándolos para uso postal mediante la sobre
impresión de la palabra Correo, sin variar su valor facial original
de cinco centavos, conforme el detalle siguiente:
250.000 sellos de Tasa Postal RA 70 de 5 Cts C$ 12.500.00
250.000 sellos de Tasa Postal RA 71 de 5 Cts C$ 12.500.00
250.000 sellos de Tasa Postal RA 72 de 5 Cts C$ 12.500.00
250.000 sellos de Tasa Postal RA 73 de 5 Cts C$ 12.500.00
1.000.000 C$ 50.000.00
Artículo 2.-Practíquese el resello en los Talleres
Nacionales de Imprenta y Encuadernación, empleando tinta de color
negro y bajo la vigilancia de la Comisión que señale la Ley.
Artículo 3.-Diríjase comunicación a la Dirección de Ingresos
para que ésta a su vez ordene al Almacén de Especies Fiscales el
descargo de Cincuenta Mil Córdobas Netos (C$ 50.000.00) por el
total de las estampillas a resellarse; y se cargue igual suma bajo
diferente concepto una vez que la Comisión reintegre las citadas
especies reselladas.
Comuníquese: Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, cinco
de junio de mil novecientos sesenta y nueve.- (f) A. SOMOZA, D.
Presidente de la República.- (f) Gustavo Montiel, Ministro de
Hacienda y C. P.".
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