Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Ejecutivos
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REFORMÁSE INCISO 1 DE DECRETO
NO. 14 DE 26 DE JULIO DE 1969 EN RAMO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Decreto No. 15 de 31 de julio de 1969
Publicado en la Gaceta No. 177 de 6 de agosto de 1969
El Presidente de la República,
Decreta:
Artículo 1.-Reformar el inciso 1° del Decreto No. 14, de 26
de julio de 1969, el cual se leerá así: "En cada cabecera
departamental se integrará una Comisión Evaluadora compuesta de
tres miembros: El Inspector Departamental de Educación Pública que
la presidirá, un Representante de los Patronatos Escolares
organizados, electos por los Presidente de los Patronatos, en caso
de no existir, patronatos el Alcalde Municipal y un Representante
del Sindicato de Maestros del Departamento que cuenta con mayor
número de afiliados.
Artículo 2.-Este Decreto surte efectos de Ley a partir de
esta fecha, y deberá ser publicado en "La Gaceta", Diario
Oficial.
Comuníquese.- Publíquese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., 31 de
julio de 1969.- A. SOMOZA D., Presidente de la República.- J.
Antonio Mora R., Ministro de Educación Pública.
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