Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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REFÓRMASE DECRETO EJECUTIVO No.
34 DE 5 DE ABRIL 1973, REFERENTE A INTERES DE EMPRÉSTITO
AUTORIZADO A ENALUF
Decreto No. 37 de 4 de Mayo de 1973
Publicado en La Gaceta No. 99 de 12 de Mayo de 1973
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,
En uso de sus facultades,
Por Cuanto:
Por Decreto Ejecutivo No. 34 del cinco de Abril del corriente año,
se aprobó el Acuerdo del Consejo Directivo de la Empresa Nacional
de Luz y Fuerza, tomado en su sesión de las tres de la tarde del 26
de Marzo de este año, en el que se delegó en el Presidente
Ejecutivo del dicho Ente Autónomo del Estado para suscribir un
empréstito hasta por la suma de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL DÓLARES
(US$1.800,000.00) en moneda de los Estados Unidos de América, a
cuatro años de plazo y al interés del 81/2% anual con la Sociedad
Cordillera Investments Limited, de las Bahamas,
Por Cuanto:
El Empréstito autorizado se convino al interés del U.S. Prime Rate
más el 11/2% anual que es sensiblemente más bajo que el autorizado,
lo cual es conveniente a los intereses de la Empresa Nacional de
Luz y Fuerza, se hace necesario reformar el Decreto No. 34,
relacionado en el Por Cuanto anterior en el sentido de aprobar el
interés contratado,
Decreta:
Único.- Refórmase el Decreto Ejecutivo No. 34 del 5 de Abril
del corriente año, únicamente en lo que se refiere al interés del
empréstito autorizado a la Empresa Nacional de Luz y Fuerza con la
Sociedad Cordillera Investments Limited el cual será el del U.S.
Prime Rate más el 11/2% anual y no del 81/2% anual como está dicho
en el Decreto reformado.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, cuatro
de Mayo de mil novecientos setenta y tres.- JUNTA NACIONAL DE
GOBIERNO. - (f) R. MARTÍNEZ L. - (f) EDM. PAGUAGA. -(f) A. LOVO
CORDERO. Doy fe: (f) Luis Valle Olivares, Secretario de la
Junta Nacional de Gobierno.
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