Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
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REFORMAS Y ADICIONES A DECRETO
NO. 13 DEL 1 DE FEBRERO DE 1968, RELATIVO A LA INDUSTRIA
LÁCTEA
Decreto No. 47- MEIC de 27 de noviembre de 1970
Publicado en La Gaceta No. 274 de 1 de diciembre de 1970
l Presidente de la República, en uso de las facultades que le
confiere el Decreto Legislativo No. 723 del 9 de febrero de 1963,
publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 39 del citado
año,
Decreta:
Artículo 1.-
Hacer la siguiente reformas y adiciones al Decreto No. 13 del
primero de febrero de mil novecientos setenta y ocho (Reglamento
que norma procedimientos para la Industria Láctea):
a) El inciso c) del artículo 4. del mencionado Decreto se leerá
así:
"c: "Productor " es cualquier persona natural o jurídica a cuyo
nombre se entregue leche a las plantas procesadoras y que llene los
requisitos de la inscripción".
b) El inciso j) del mismo artículo se leerá así:
"j: La Planta, el Centro de Recibo, el Distribuidor y el Productor,
deben estar inscritos en el Comité Coordinador y en el Fondo de
Desarrollo de la Industria Láctea" y
c) El artículo 8 del mismo Decreto se leerá así:
"Artículo 8.-Las plantas pasteurizadoras o esterilizadoras de leche
en conjunto situadas en las zonas en que está prohibida la venta de
leche cruda están obligadas a recibir toda la leche cruda que se
les ofrezca en venta en sus plantas que provenga de productores
inscritos en el Comité Coordinador y en el Fondo de Desarrollo de
la Industria Láctea, para participar proporcionalmente en la venta
de leche fluida. Los requisitos de inscripción seán determinados en
el Reglamento que se emita de conformidad con lo dispuesto en el
literal n) del Artículo 25 del presente Decreto".
Artículo 2.-Este Decreto surtirá sus efectos a partir de su
publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional a los
veintisiete días del mes de noviembre de mil novecientos setenta.
A. SOMOZA D., Presidente de la República, Daniel Tapia Mercado,
Vice-Ministro de Economía, Industria y Comercio, Encargado del
Despacho.
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