Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Turismo
Rango: Decretos Ejecutivos
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REFORMAS A LA CORPORACION DE
TURISMO DE NICARAGUA
DECRETO No. 1231, Aprobado el 07 de Abril de 1983
Publicado en La Gaceta No.81 del 11 de Abril de 1983
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Reformase los Artos. 4 y 5 del Decreto No. 750
"Ley Creadora de la Corporación de Turismo de Nicaragua", publicado
en La Gaceta No. 152 del 10 de julio de 1981, los que se leerán
así:
"Artículo 4.- La Dirección y Administración de la Corporación
estará a cargo de un Director General, nombrado por el Ministro
Director del Instituto Nicaragüense de Turismo. Será el
representante Legal de la Institución y tendrá las atribuciones,
obligaciones y responsabilidades determinadas en la presente Ley y
su Reglamento. El Director de la Corporación informará para la
aprobación de sus gestiones al Ministro-Director del Instituto
Nicaragüense de Turismo".
"Artículo 5.- La Corporación tendrá también un Sub-Director que
será nombrado por el Ministro-Director del Instituto Nicaragüense
de Turismo, quien colaborará con el Director General y hará sus
veces en su ausencia o falta".
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde
la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los siete días del mes de abril de
mil novecientos ochenta y tres. "Año de Lucha por la Paz y la
Soberanía".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. - Daniel Ortega
Saavedra.- Sergio Ramírez Mercado.- Rafael Córdova Rivas.
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