Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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(REFORMA Y DEROGA ARTOS DEL
DECRETO QUE REGLAMENTA UN ARTICULO DE LA LEY No. 290)
DECRETO No. 125-99, Aprobado 06 de Diciembre de 1999
Publicado en La Gaceta No. 235 del 9 de Diciembre de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
En uso de sus facultades que le confiere el Arto. 150, numeral 4 y
12 de la Constitución Política.
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO
Artículo 1.-Reformáse el arto. 1 del decreto No. 55-98
"Reglamento del Arto. 11 de la Ley No. 290", publicado en La
Gaceta, Diario Oficial No. 167 del 4 de Septiembre de 1998, el que
se leerá así:
Arto 1.- De conformidad con el Artículo 11 de la Ley
de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo,
Ley No. 290, Publicada en La Gaceta No. 102 del tres de Junio de
1998, créanse las Secretarías siguientes:
1)Presidencia
2)Técnica
3)Comunicación Social
4)Acción Social
5)Privada
6)Personal
Artículo 2.- Derógase el Artículo. 6 del referido
Decreto 55-98. Los activos y pasivos de la Secretaría de
Cooperación Externa, se traslada sin solución de continuidad al
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los seis días
del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO
ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
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