Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Decretos Ejecutivos
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REFORMA EL ARTO. 10 DE LA LEY
07/08/1905 SOBRE EXENCIÓN DEL SERVICIO MILITAR
Aprobado el 12 de Julio de 1906
Publicado en La Gaceta No. 2967 del 17 de Julio de 1906
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de sus facultades,
DECRETA:
Único Reformase el artículo 10 de la ley de 7 de agosto de
1905, en los términos siguientes:
Las personas que hayan pagado el valor de su cuota, quedarán
exentos del servicio militar pecuniario y personal por el término
de cinco años, contados de la fecha en la que se les hubiere
librado la correspondiente constancia de pago.
Dado en Managua, á los doce días del mes de julio de mil
novecientos seis J. S. ZELAYA El Ministro de la Guerra y
Marina C. Castellón.
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