Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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(REFORMA EL ARTÍCULO 7 DEL
DECRETO 40-91 (ARANCELES A LA VISTA DEL PÚBLICO EN REGISTROS)
DECRETO No. 31-2000 , Aprobado el 12 de Abril del
2000
Publicado en La Gaceta No. 78 del 26 de Abril del 2000
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Artículo 1.- Se reforma el artículo 7 del Decreto 40-91,
publicado en La Gaceta, Diario Oficial No.182 del 30 de Septiembre
de 1991, el que se leerá así:
Arto 7.- Estos aranceles estarán a la
vista del público en la Tabla de avisos de cada Registro. La
inscripción de bienes inmuebles adquiridos por el Estado estarán
exentos del pago de los aranceles establecidos en este
Decreto.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el doce de
Abril del año dos mil.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de
la República de Nicaragua.
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