Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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(REFORMA EL ARTÍCULO 6 DEL
DECRETO 2-95 CREACIÓN DE LA LOTERÍA NACIONAL)
DECRETO No.01-2001, Aprobado el 2 de Enero del 2001
Publicado en La Gaceta No. 6 del 9 de Enero del 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Arto. 1.- Se reforma el artículo 6 del Decreto 2-95 Creación
de la Lotería Nacional publicado en La Gaceta, Diario Oficial
Número 34 del 17 de Febrero de 1995 y sus reformas posteriores el
que se leerá así:
"Arto.6 La Junta Directiva en el
Órgano Superior de la Empresa y estará integrada por seis
miembros:
El Presidente de la Junta Directiva y
los otros miembros serán nombrados por el Presidente de la
República y se requerirá para tales cargos, ser persona de
reconocida trayectoria profesional, de honorabilidad notoria
destacada, responsabilidad y solvencia moral."
Arto. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el dos de Enero
del año dos mil uno. ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la
República de Nicaragua.
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