Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Decretos Ejecutivos
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(REFORMA AL REGLAMENTO GENERAL
DE LA LEY ORGÁNICA DE TELCOR)
DECRETO No. 50-98. el 2 Julio 1998.
Publicado en La Gaceta No. 134, del 17 de Julio 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
HA DICTADO:
El siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se reforma el artículo 19 del Decreto 2-96
publicado en La Gaceta No.60 de 26 de Marzo de 1996 el que se leerá
así:
"Arto. 19.- El Consejo Consultivo estará presidido por el Director
General de TELCOR y estará integrado por los siguientes
miembros:
1. Tres miembros nombrados por
el Presidente de la República.
2. Un miembro por cada uno de los siguientes sectores:
2.1 De las empresas operadoras de Servicios de Interés
General y de Servicios Postales.
2.2 De las empresas operadoras de Servicios de Telefonía
Básica.
2.3 De los usuarios de los Servicios de Telecomunicaciones y
de Servicios Postales.
Los miembros de las empresas operadoras como el de los usuarios
serán nombrados por el Presidente de la República, dentro de las
personas mas idóneas y representativas de cada uno de los
sectores."
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en "La Gaceta, Diario Oficial".
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el dos de Julio de
mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- OSCAR TENORIO HERNANDEZ
ABOGADO Y NOTARIO PÚBLICO ASESOR LEGAL DE LA PRESIDENCIA.
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