Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
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REFORMA AL DECRETO No 72-99,
REGLAMENTO A LA LEY No 303.
DECRETO No.117-2001, Aprobado el 11de Diciembre del
2001
Publicado en la Gaceta No.1 del 2 de Enero del 2002
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Polí
tica,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
REFORMA AL DECRETO No. 72-99,
REGLAMENTO A LA LEY No. 303.
Artículo 1.- Refórmanse los Artículos 21 y 22 de Reglamento
a la Ley No 303, publicado en La Gaceta, Diario Oficial
No 111 del 11 de Junio de 1999, en la siguiente forma:
Se adiciona al Artículo 21 un numeral 3), el que se leerá
así:
3) Las "normas de origen correspondientes", serán las
establecidas en los Tratados, Acuerdos o Esquemas Comerciales
Preferenciales de los que Nicaragua sea parte o beneficiaria.
Cuando el producto se exporte a un país con el que Nicaragua no
haya suscrito un Tratado, Acuerdo o Esquema Comercial Preferencial,
se aplicarán las disposiciones contenidas en el Reglamento
Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías, y en caso que
dicho instrumento no contemple regla de origen para el producto en
cuestión, la regla será establecida de conformidad con
disposiciones administrativas que para tal efecto emita el
Ministerio de Fomento, Industria y Comercio.
Se reforma el último párrafo de Artículo 22, el que se leerá
así:
Adjuntar a la carta solicitud de devolución del reintegro
tributario, copia carbónica de la correspondiente Declaración de
Exportación, del FAUCA o FUE y dos fotocopias de
certificación establecidos, copia del correspondiente certificado
de origen según sea el caso, así como los demás documentos
(Factura Comercial y Conocimiento de Embarque) . Así como el
original y dos fotocopias de los documentos probatorios
establecidos anteriormente.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el día once de
Diciembre del año dos mil uno. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO,
Presidente de la República de Nicaragua.
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