Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Familia Niñez Juventud y Adulto Mayor
Rango: Decretos Ejecutivos
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REFORMA AL DECRETO NO 51-90
COMISION NACIONAL DE PROTECCION A LA NIÑEZ NICARAGUENSE
DECRETO No. 32-91 del 5 de agosto de 1991
Publicado en La Gaceta No. 147 del 9 de agosto de 1991
El Presidente de la República de Nicaragua,
En uso de sus facultades
DECRETA:
Artículo 1.- Se adiciona al Arto. 1 del Decreto No. 51-90
"Comisión Nacional de Protección a la Niñez Nicaragüense",
publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 197 del 15 de Septiembre
de 1990, el siguiente párrafo:
"La Comisión Nacional de Protección a la Niñez Nicaragüense estará
adscrita a la Presidencia de la República."
Artículo 2.- Se reforma el Arto. 2 del Decreto No. 51-90
mencionado en el artículo anterior, el cual se leerá asi:
"Arto. 2.- La Comisión estará presidida por el Presidente de la
República, e integrada por miembros representantes de los
siguientes Entes Estatales: Ministerio de Gobernación, Ministerio
de Salud, Ministerio de Educación, Ministerio del Exterior,
Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y Bienestar, Instituto
Nicaragüense de Deportes, Instituto Nicaragüense de Acueductos y
Alcantarillados, e Instituto Nicaragüense de Cultura."
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los cinco
días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y uno. VIOLETA
BARRIOS DE CHAMORRO. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE
NICARAGUA
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