Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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REFORMA AL DECRETO NO. 22-93,
CREACIÓN DEL INSTITUTO NICARAGUENSE DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA
(INTA)
DECRETO No. 19-2002, Aprobado el 19 de Febrero del
2002
Publicado en La Gaceta No. 42 del 01 de Marzo del 2002
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA:
En uso de sus facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
REFORMA AL DECRETO NO. 22-93,
CREACIÓN DEL INSTITUTO NICARAGUENSE DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA
(INTA)
Artículo 1.- Se reforman los artos. 5, 7 y 14 del Decreto
No. 22-93, Creación del Instituto Nicaragüense de Tecnología
Agropecuaria, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 61 del
26 de marzo de 1993, los que se leerán así:
Arto. 5 EL INTA tendrá la siguiente estructura orgánica:
a) Consejo Directivo;
b) Director General;
c) Subdirector General;
d) Direcciones Regionales.
Arto. 7 El Consejo Directivo estará integrado por un
Presidente, cuatro representantes del sector público y cuatro
representantes del sector privado. Todos los integrantes del
Consejo Directivo serán nombrados por el Presidente de la República
a su criterio, procurando elegir a personas vinculadas al sector
agropecuario.
Arto. 14 El Director General y el Subdirector General serán
nombrados por el Presidente de la República.
Artículo 2.- Se deroga el Decreto No. 111-2000, Reforma
a la Creación del Instituto Nicaragüense de Tecnología
Agropecuaria, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 207 del
1 de noviembre de 2000.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el diecinueve
de febrero de dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente
de la República de Nicaragua.
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