Reforma Al Decreto De Creación Del Miinisterio De La Presidencia

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - REFORMA AL DECRETO DE CREACIÓN DEL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA DECRETO No. 118, Aprobado el 4 de Septiembre de 1985 Publicado en La Gaceta No. 184 de 26 de Septiembre de 1985 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades, DECRETA: La siguiente, REFORMA AL DECRETO DE CREACIÓN DEL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Artículo 1.- Se reforma el artículo 2 del Decreto No. 1 de fecha 10 de Enero de 1985, publicado en La Gaceta, No. 12 del 16 de Enero del mismo año, el cual se leerá así: "Arto. 2 Las atribuciones y funciones de la Secretaria de Asuntos Regionales serán ejercidas por el Ministerio de la Presidencia." Artículo 2.-La presente reforma entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los cuatro días del mes de Septiembre de mil novecientos ochenta y cinco, "Por la Paz, "Todos Contra la Agresión".- DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República. -