Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Decretos Ejecutivos
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(REFORMA AL DECRETO 19-96,
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS
POSTALES)
DECRETO No. 112- 2001, Aprobado el 29 de Noviembre del
2001
Publicado en La Gaceta No. 238 del 14 de Diciembre del 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Artículo 1.- Se reforma el Decreto No.19-96 publicado en La
Gaceta, Diario Oficial No.177 de 19 de septiembre de 1996 en la
siguiente forma:
a) Se suprime el inciso 6 del artículo 125.
b) Se adicionan un nuevo artículo al Capítulo V del Título XV el
que se leerá así:
Arto.128 Para los efectos del
artículo 123 de la Ley No.200, Ley General de Telecomunicaciones y
Servicios Postales, entiéndase como Empresas de Mensajería,
aquellas que prestan servicio local de distribución de mensajes,
invitaciones, comunicaciones, facturas y cartas para el público
general.
Empresas de Servicio de Transporte
Expreso (Courier): Las personas naturales o jurídicas, nacionales o
extranjeras legalmente establecidas en el país, cuyo giro o
actividad principal es la prestación de servicios de Transporte
Expreso Aéreo o Terrestre, para transportar documentos, paquetería
y mercadería en general hacia el extranjero, sin limitaciones de
peso o volumen, y que no se encuentran reguladas.
La Asociación de Courier de Nicaragua
emitirá un reglamento interno que dará a conocer públicamente a los
usuarios y empresas del sector, para sus afiliaciones y desempeño
de sus actividades.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintinueve
de Noviembre del año dos mil uno.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO,
Presidente de la República de Nicaragua.
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