Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Transporte
Rango: Decretos Ejecutivos
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(REFORMA AL DECRETO 07-99, (SE
ADICIONA EL INCISO H) AL ARTO.4 DEL DECRETO NO.49-91)
DECRETO No. 24-2001, Aprobado el 21 de Febrero del
2001
Publicado en La Gaceta No. 40 del 26 de Febrero del 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El Siguiente
DECRETO
Artículo 1.- Se reforma el inciso h) del Decreto No. 07-99,
publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 22 del 2 de Febrero de
1999 el que se leerá así:
h) Tres representantes de la Sociedad
Civil, nombrados por el Presidente de la República.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintiuno de
Febrero del año dos mil uno. ARNOLDO ALEMAN LACAYO,
Presidente de la República de Nicaragua.
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