Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Decretos Ejecutivos
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REFORMA AL ARTO. 8 DE LOS
DECRETOS CREADORES DE LAS CORPORACIONES DEL SECTOR PÚBLICO
AGROPECUARIO
Decreto No. 499 de 27 de febrero de 1990
Publicado en La Gaceta No. 46 de 6 de marzo de 1990
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
La siguiente:
REFORMA AL ARTO. 8 DE LOS DECRETOS CREADORES DE LAS
CORPORACIONES DEL SECTOR PUBLICO AGROPECUARIO
Artículo 1.- Se reforma el Artículo 8 de los siguientes
Decretos Nos. 357, 358, 359, 360, 361, 362, 363 y 364 del 30 de
Mayo de 1988, publicados en "La Gaceta", Diario oficial, No. 102
del 31 de Mayo de 1988; Nos. 409 del 15 de Diciembre de 1988,
publicado en "La Gaceta", Diario oficial, No. 240 del 19 de
Diciembre de 1988; Nos. 415 y 416 del 17 de Diciembre de 1988,
publicados en "La Gaceta", Diario Oficial, No. 247 del 28 de
Diciembre de 1988 y 436 del 15 de Abril de 1989, publicado en "La
Gaceta", Diario Oficial No. 74 del 20 de Abril de 1989, el cual se
leerá así:
"Artículo 8.- La Junta Directiva será la máxima autoridad de la
Corporación, con facultades de un mandatario generalísimo y estará
compuesta por:
a) Un miembro nombrado por el Presidente de la República, que
ejercerá el cargo de Presidente de la Junta Directiva;
b) Un miembro designado por el Presidente de la República de entre
una terna que le presente el partido que ocupa el segundo lugar en
las elecciones generales;
c) Un miembro nombrado por el Ministro de Desarrollo Agropecuario y
Reforma Agraria, quien desempeñará el cargo de Secretario;
d) Un representante de los trabajadores que será uno de los
Secretarios Generales elegidos por ellos mismos, de los sindicatos
de las distintas empresas agrupadas en la Corporación
respectiva;
e) El Presidente Ejecutivo de la Corporación, quién será miembro
ex-oficio".
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación por cualquier medio de comunicación, sin
perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario
oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintisiete días del mes de
Febrero de mil novecientos noventa. "Año de la Paz y la
Reconstrucción". Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la
República.
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