Reforma A La Ley Creadora Del Instituto Nicaraguense De Turismo 1

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Turismo Rango: Decretos Ejecutivos - REFORMA A LA LEY CREADORA DEL INSTITUTO NICARAGUENSE DE TURISMO DECRETO NO. 16-91 del 19 de marzo de 1991 Publicado en La Gaceta No. 63 del 9 de abril de 1991 El Presidente de la República de Nicaragua, En uso de sus facultades, DECRETA: Artículo.1.- Se reforma el inciso c) del Artículo 11 de la Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo, contenida en el Decreto No.161 del 20 de Noviembre de 1979, el cual se leerá así: c) El Producto del pago anual del valor del Título-Licencia de funcionamiento de las Empresas de Servicios Turísticos, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de esta disposición. Artículo.2.- El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los diecinueve días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y uno. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA -